Todo el que juega a CS2 recibe drops. Objetos que aparecen en tu inventario sin que hayas pagado nada. Y casi todos acaban vendiéndose. La pregunta que nadie ha respondido en español es si recibirlos tiene alguna consecuencia fiscal antes incluso de venderlos.
La respuesta honesta es que la Agencia Tributaria no se ha pronunciado nunca sobre drops de videojuego. Pero sí existe una línea de doctrina muy consolidada sobre un supuesto casi idéntico, y conviene conocerla porque apunta en una dirección concreta.
Lo que Hacienda sí ha resuelto
Desde 2013, la Dirección General de Tributos mantiene un criterio estable sobre qué ocurre cuando alguien recibe algo gratis a cambio de una actividad que no es su trabajo ni su profesión. La cadena es larga y no ha cambiado de dirección:
- V0962-13, de 25 de marzo de 2013 — compensaciones por participar en encuestas y sondeos.
- V3667-15, de 24 de noviembre de 2015 — mismo supuesto.
- V0721-24, de 16 de abril de 2024 — productos del programa Amazon Vine.
- V1288-25, de 11 de julio de 2025 — Amazon Vine de nuevo, confirmando el criterio.
La última, de julio de 2025, es la más clara. Concluye cuatro cosas: que recibir el producto es una ganancia patrimonial del artículo 33.1 de la Ley del IRPF; que al no ser dinero se trata de una ganancia en especie del artículo 42.1; que se valora a valor de mercado conforme a los artículos 43 y 34; y que se integra en la base imponible general por el artículo 45, no en la del ahorro.
El artículo 33.1, que es la pieza de la que cuelga todo lo demás, dice así:
«Son ganancias y pérdidas patrimoniales las variaciones en el valor del patrimonio del contribuyente que se pongan de manifiesto con ocasión de cualquier alteración en la composición de aquél, salvo que por esta Ley se califiquen como rendimientos.»
Artículo 33.1 de la Ley 35/2006, del IRPF
En qué se parece un drop, y en qué no
El parecido es evidente: recibes un bien sin pagar por él, no media relación laboral ni actividad económica, y tu patrimonio aumenta. Si el criterio se aplicara igual, recibir un drop sería una ganancia patrimonial valorada a precio de mercado que va a la base general.
Pero hay una diferencia que conviene no esconder, porque es la que puede romper la analogía. En Amazon Vine existe una contraprestación: la Dirección General de Tributos describe expresamente una relación con obligaciones recíprocas, en la que tú recibes el producto y a cambio publicas una reseña. En un drop de CS2 no hay nada de eso. Valve te entrega el objeto por haber jugado, sin que tú te comprometas a nada ni tengas obligación alguna frente a nadie.
Esa diferencia es real y no está resuelta. Un drop podría encajar en el mismo criterio, o podría calificarse por otra vía. No existe consulta que lo aclare, y quien diga lo contrario no la ha encontrado, porque no la hay.
Por qué esto importa aunque no esté resuelto
Porque tiene una consecuencia práctica inmediata, y va justo al revés de lo que la mayoría asume.
El consejo que más circula en los foros españoles es que, como el drop fue gratis, al venderlo hay que declarar todo el ingreso como ganancia asumiendo coste cero. Eso es lo más caro que puedes hacer.
La Dirección General de Tributos ya ha resuelto, en la consulta V1861-18 sobre acciones entregadas gratuitamente a un trabajador, que el valor de adquisición de un bien recibido sin pagar, a efectos de calcular la ganancia en su venta posterior, es «el valor normal de mercado (…) en el momento de su entrega». Y precisa algo importante: es el mismo valor tanto si aquella entrega tributó en su día como si no lo hizo.
Es un supuesto distinto —allí hay un rendimiento del trabajo— pero la regla de valoración que aplica es el mismo artículo 43 al que remiten las consultas de Vine. Con eso encima de la mesa, dar por hecho que un drop entra en tu patrimonio valorado a cero es una decisión que te puede costar dinero, no una precaución.
Qué hacer con esto
- No asumas coste cero por defecto. Es la opción más cara y no es la única defendible.
- Guarda la fecha en que recibiste el objeto. Si el valor relevante es el de mercado en el momento de la entrega, esa fecha es el dato que lo determina.
- Anota el precio de mercado de ese día si el objeto tiene algún valor apreciable. Las herramientas de histórico de precios lo conservan; tu memoria no.
- Si tu inventario es grande, esto no lo resuelvas por tu cuenta. El volumen convierte un matiz en miles de euros.
La fecha y el precio del día son el dato que no puedes reconstruir luego
Un drop no trae factura. Si dentro de dos años vendes ese objeto y Hacienda te pregunta cuánto valía el día que lo recibiste, esa respuesta tiene que estar anotada de antes: después ya no se puede reconstruir. Herramientas como CoinTracking importan los CSV de las plataformas y dejan cada entrada con su fecha y su valoración en un histórico único.
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Falta lo esencial: si la Agencia Tributaria considera que el criterio de las encuestas y de Amazon Vine se extiende a los objetos de videojuego, o si los trata de otra forma. El 17 de agosto de 2026 presentamos al Ministerio de Hacienda una solicitud de acceso a información pública al amparo de la Ley 19/2013 (expediente ES_E04996103_2026_EXP_AC2000000983065) preguntando expresamente si consta criterio sobre este tipo de bienes. Publicaremos la respuesta aquí, diga lo que diga.
Fuentes
- Ley 35/2006 del IRPF, artículos 33.1, 34, 42.1, 43 y 45.
- Consulta Vinculante DGT V1288-25, de 11 de julio de 2025 — tributación de los productos del programa Amazon Vine.
- Consulta Vinculante DGT V0721-24, de 16 de abril de 2024 — mismo supuesto.
- Consulta Vinculante DGT V3667-15, de 24 de noviembre de 2015 — compensaciones por participación en encuestas.
- Consulta Vinculante DGT V0962-13, de 25 de marzo de 2013 — mismo supuesto.
- Consulta Vinculante DGT V1861-18, de 26 de junio de 2018 — valor de adquisición de bienes entregados gratuitamente a efectos de su venta posterior.
- Buscador de consultas de la Dirección General de Tributos: petete.tributos.hacienda.gob.es